Por: Arturo Rivero
México
Jueves 10 de Febrero del 2022
Tema: Mundo Laboral y RR.HH.
El 8 de marzo, el 5 y 10 de mayo, 30 de julio, 21 de agosto, 1 y 2 de noviembre de cada año son las fechas que se buscan añadir al artículo 74 de la citada Ley.
Morena explica en la iniciativa presentada a la Cámara de Diputados, que el 8 de marzo se propone porque es el Día Internacional de la Mujer. El 5 de mayo por la Batalla de Puebla; el 10 de mayo por el Día de las Madres; el 30 de julio por la muerte de Miguel Hidalgo y Costilla, iniciador de la independencia de México; el 21 de agosto como el Aniversario Luctuoso de María de la Soledad Leona Camila Vicario Fernández del Salvador, mejor conocida como Leona Vicario, y el 1 y 2 de noviembre por el Día de todos los Santos y el Día de Muertos.
“Los días festivos son periodos de gran relevancia, debido a que, además de ser un derecho fundamental como establece la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH), contribuyen de manera significativa a su bienestar físico y mental”, explica.
Agrega que el artículo 74 de la DUDH establece los días de descanso obligatorios como un derecho de los trabajadores distintos al descanso semanal, debido a que el trabajador necesita un día completo para renovar las energías invertidas en el esfuerzo ordinario del trabajo.
Morena indica que, en caso de que los empleadores requieran a sus empleados en estos días festivos, como en los ya establecidos en la Ley Federal del Trabajo, deberá cubrirse un salario doble adicional al correspondiente día de asueto.